Empresa instaladora
Actualizado a 16/01/2020
Derechos de alta
¿En qué consiste el derecho de alta? ¿Qué tarifas
regulan este derecho?
Los derechos de alta se aplican a nuevos suministros y
a la ampliación de los existentes y se incluyen en
estos derechos los servicios de enganche y
verificación de las instalaciones.
Las tarifas en la Comunidad de Madrid son las
siguientes:
Madrid
91,23
91,23
136,48
136,48
Tarifas
3.1
3.2
3.3
3.4
Derechos de acometida
¿En qué consiste el derecho de acometida? ¿Qué
tarifas regulan este derecho?
Los derechos de acometida son la contraprestación
económica que cobran las empresas distribuidoras de
gas por la realización del conjunto de instalaciones y/o
operaciones necesarias para atender un nuevo punto
de suministro de gas o para la ampliación de la
capacidad de uno ya existente.
Las tarifas en la Comunidad de Madrid son las
siguientes:
Tarifas (€)
3.1
3.2
3.2
3.3
3.4
(consumo
anual)
<5.000 kWh
>5.000
<15.000
>15.000
<50.000
>50.000
<100.000
>100.000
Precios
128,67
128,67
295,72
591,48
591,48
Formas de pago y financiación
COSTES DE LA CONTRATACIÓN DEL GAS NATURAL
CANENCIA INSTALACIONES
c/ Puerto de Canencia, 1 local
28038 - Madrid
Tfno.: 91 430 51 64
email: info@canenciainstalaciones.es
www.canenciainstalaciones.es
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¿Qué tarifa tengo que contratar?
En función de tus aparatos:
Cocina y/o agua caliente la tarifa idónea es la 3.1
Si tienes calefacción individual tu tarifa es la 3.2
Para mayores consumos tendrás que contratar tarifas
3.3 o 3.4
Los derechos de alta son la contraprestación
económica que perciben las empresas distribuidoras de
gas natural, cuando un nuevo usuario contrata el
servicio de suministro de gas canalizado. La empresa
distribuidora inspeccionará la instalación receptora, una
vez recibido el boletín del instalador autorizado y
procederá, en su caso, a instalar y a precintar el
equipo de medida del usuario.