Derechos de alta
¿En qué consiste el derecho de alta? ¿Qué tarifas regulan
este derecho?
Los
derechos
de
alta
se
aplican
a
nuevos
suministros
y
a
la
ampliación
de
los
existentes
y
se
incluyen
en
estos
derechos
los servicios de enganche y verificación de las instalaciones.
Las tarifas en la Comunidad de Madrid son las siguientes:
Madrid
91,23
91,23
136,48
136,48
Tarifas
3.1
3.2
3.3
3.4
Derechos de
acometida
¿En qué consiste el derecho de acometida? ¿Qué tarifas
regulan este derecho?
Los
derechos
de
acometida
son
la
contraprestación
económica
que
cobran
las
empresas
distribuidoras
de
gas
por
la
realización
del
conjunto
de
instalaciones
y/o
operaciones
necesarias
para
atender
un
nuevo
punto
de
suministro
de
gas
o
para
la
ampliación
de
la
capacidad
de
uno ya existente.
Las tarifas en la Comunidad de Madrid son las siguientes:
Tarifas (€)
3.1
3.2
3.2
3.3
3.4
(consumo
anual)
<5.000 kWh
>5.000
<15.000
>15.000
<50.000
>50.000
<100.000
>100.000
Precios
128,67
128,67
295,72
591,48
591,48
COSTES DE LA CONTRATACIÓN DEL GAS NATURAL
CANENCIA INSTALACIONES
Tfno.: 91 430 51 64
email: contacto@canenciainstalaciones.es
www.canenciainstalaciones.es
Costes instalación gas natural | Canencia Instalaciones | Madrid
¿Qué tarifa tengo que contratar?
En función de tus aparatos:
Cocina y/o agua caliente la tarifa idónea es la 3.1
Si tienes calefacción individual tu tarifa es la 3.2
Para mayores consumos tendrás que contratar tarifas 3.3
o 3.4
Los
derechos
de
alta
son
la
contraprestación
económica
que
perciben
las
empresas
distribuidoras
de
gas
natural,
cuando
un
nuevo
usuario
contrata
el
servicio
de
suministro
de
gas
canalizado.
La
empresa
distribuidora
inspeccionará
la
instalación
receptora,
una
vez
recibido
el
boletín
del
instalador
autorizado
y
procederá,
en
su
caso,
a
instalar
y
a
precintar el equipo de medida del usuario.